🔥 Mbohapy · Módulo de Encuestas y Peticiones
Reglamento de Publicación de Encuestas y Peticiones Ciudadanas
Mbohapy no es solo un lugar para financiar proyectos: también es un espacio donde la ciudadanía paraguaya opina y exige. Las encuestas miden el pulso de temas que nos importan. Las peticiones convierten ese pulso en presión real sobre quienes deciden políticas públicas. Este reglamento existe para que ambas cosas sean confiables.
Neutralidad
La pregunta nunca empuja la respuesta.
Transparencia
Quién impulsa la encuesta o petición, y con qué fin, siempre es visible.
Utilidad cívica
Toda petición apunta a una autoridad y un cambio concreto — no a una queja difusa.
Quien solicita publicar una encuesta o petición acepta este reglamento en su totalidad.
1. Quiénes pueden publicar
Pueden solicitar una encuesta o petición:
- Personas físicas mayores de 18 años, paraguayas o residentes, con cédula vigente.
- Personas jurídicas: ONGs, colectivos vecinales, medios, marcas o empresas formalizadas (para la categoría Marcas).
- Quienes completen la verificación de identidad del formulario de solicitud.
Regla específica para Peticiones Ciudadanas: toda petición debe estar respaldada por al menos tres promotores identificados, o presentarse a nombre de una organización formal. Esto evita peticiones frívolas de una sola persona sin respaldo real.
No pueden publicar:
- Menores de edad sin un tutor legal responsable como titular verificado.
- Cuentas con una encuesta o petición previa dada de baja por manipulación o fraude, salvo apelación favorable.
- Cuentas que se nieguen a completar la verificación de identidad.
2. Categorías permitidas
Encuestas: deben tener una pregunta neutral y opciones de respuesta que no induzcan un resultado. Las de la categoría Marcas deben identificar públicamente a la empresa u organización que las impulsa (ver sección 6).
Peticiones Ciudadanas — uso exclusivo: este espacio es solo para incidencia en políticas públicas y control ciudadano. Toda petición debe dirigirse a una autoridad, institución o poder del Estado identificable, con un pedido concreto y verificable (una ordenanza, una rendición de cuentas, una obra pública, una norma). No se aceptan peticiones sin destinatario institucional claro, ni disputas entre particulares.
3. Contenido prohibido
a) Fines político-partidarios
Ninguna encuesta ni petición puede promover, atacar o mencionar candidaturas, partidos o procesos electorales específicos. (El financiamiento de campañas electorales también está prohibido en el módulo de crowdfunding — ver Reglamento de Campañas, sección 3c.)
b) Contenido dañino o discriminatorio
Discurso de odio, contenido sexual o violento, difamación o ataques dirigidos a personas, colectivos o instituciones.
c) Encuestas sesgadas o manipuladas
Preguntas con lenguaje cargado, opciones de respuesta incompletas, o cualquier intento de inflar resultados con votos duplicados o automatizados.
d) Peticiones fuera del objeto de este módulo
Disputas personales, reclamos contra individuos particulares, o pedidos de dinero y beneficios personales (eso corresponde al módulo de crowdfunding, no a este).
e) Falta de transparencia comercial
Encuestas patrocinadas por una marca sin identificar visiblemente al patrocinador.
El equipo curador de Mita’í Ñee puede rechazar cualquier solicitud que, a su criterio razonado, contradiga el espíritu de este reglamento aunque no esté listada arriba.
4. El rol de la ONG como curadora
- Revisión previa a la publicación (hasta 3 días hábiles): neutralidad de la pregunta, identificación clara del destinatario en peticiones, ausencia de contenido partidario.
- Moderación continua: comentarios, intentos de manipular resultados, denuncias del público.
- Mediación cuando surgen dudas sobre la neutralidad de una encuesta.
- Potestad de suspender preventivamente ante indicios razonables de irregularidad (ver sección 5).
5. Encuesta o petición calificada como irregular
Se califica como irregular cuando se comprueba sesgo deliberado, manipulación de votos o firmas, patrocinador oculto, o contenido partidario encubierto.
01 · Denuncia
De un usuario, el público o Mita’í Ñee.
02 · Suspensión cautelar
Se oculta mientras dura la investigación.
03 · Resolución
Máximo 10 días hábiles. Se reactiva o se da de baja.
6. Patrocinio y transparencia comercial
Toda encuesta de la categoría Marcas impulsada por una empresa debe mostrar su nombre de forma visible en la propia encuesta. Mita’í Ñee puede solicitar evidencia de la relación comercial antes de aprobarla.
7. Metas de firmas en Peticiones Ciudadanas
El promotor puede fijar una meta de firmas referencial. Al alcanzarla, Mita’í Ñee acompaña la entrega formal de la petición a la autoridad correspondiente, y publica una actualización pública con la respuesta obtenida — o la falta de respuesta — dentro de los 30 días corridos siguientes.
8. Propiedad intelectual
Quien publica declara ser titular de los materiales que sube, o contar con autorización de sus titulares, y autoriza a Mbohapy a usarlos con fines promocionales de la plataforma, siempre atribuyendo la autoría.
9. Privacidad de votantes y firmantes
Los datos de quienes votan o firman se usan exclusivamente para verificar autenticidad y evitar duplicados. No se ceden a terceros ni al patrocinador de una encuesta sin consentimiento expreso.
10. Seguimiento obligatorio de peticiones activas
El promotor de una petición activa debe publicar una actualización pública cada 30 días sobre las gestiones realizadas ante la autoridad correspondiente.
11. Suspensión y baja
Mita’í Ñee puede suspender o dar de baja una encuesta o petición ante denuncia verificable, incumplimiento de este reglamento, inactividad prolongada del promotor (más de 30 días sin respuesta), u orden de autoridad competente.
12. Derecho a apelación
Todo promotor sancionado tiene derecho a presentar un descargo por escrito, con pruebas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación. Mita’í Ñee debe responder de forma fundada antes de confirmar una sanción definitiva.
13. Límites de responsabilidad
Mita’í Ñee cura, verifica neutralidad y acompaña la entrega de peticiones — pero no garantiza que una autoridad responda o actúe en consecuencia. Esa respuesta depende exclusivamente de la institución destinataria.
14. Modificaciones al reglamento
Mita’í Ñee puede actualizar este reglamento en cualquier momento. Los cambios se notificarán con al menos 15 días de antelación, y se aplicarán a encuestas y peticiones publicadas con posterioridad a su entrada en vigencia.
Última actualización: 06 de julio de 2026 — Mita’í Ñee, Asociación Civil sin Fines de Lucro.
